EJECUTIVO APROBÓ REGLAMENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL (CCI)

Gobiernos Regionales y Locales a través del CCI gestionarán acciones directas y supervisarán avances del proceso de Descentralización.

Un paso importante al proceso de descentralización con enfoque en el desarrollo del territorio, ha dado el país con la aprobación del Reglamento del Consejo de Coordinación Intergubernamental-CCI, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el cual permitirá la articulación y coordinación de acciones concretas en los tres niveles de gobierno.

El CCI tiene por finalidad, consensuar una visión compartida de Estado Unitario y Descentralizado conforme a la Constitución Política del Perú y la Ley N°27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como fortalecer la gobernanza, conducción, implementación y seguimiento del proceso de descentralización, en tanto política transversal y permanente del Estado.

Asimismo, debe coadyuvar al desarrollo territorial en el marco del proceso de descentralización facilitando y garantizando el alineamiento de políticas, objetivos, orientaciones, prioridades y recursos en los territorios. Igualmente, construir, gestionar y monitorear agendas de desarrollo territorial, que incluyan planes de implementación de políticas territoriales y programas de inversión anual y multianual.

La sede del Consejo de Coordinación Intergubernamental, se instalará en la ciudad capital, permitiéndose realizar sesiones de forma presencial o utilizando medios digitales. También tendrán la posibilidad de desarrollar sesiones plenarias en cualquier otro lugar del país de forma presencial o remota, previo acuerdo expreso de la mayoría simple de los miembros del Comité.

El CCI está liderado por un Comité Directivo (CD) integrado por (i) Gobierno Nacional, el/la presidente/a del Consejo de Ministros, quien lo preside y cinco (05) ministros/as de Estado acreditados por el/la presidente del Consejo de Ministros. (ii) Gobierno Regional, el/la Presidente/a y el/la Vicepresidente/a de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR) (iii) Gobierno Local, el/la presidente/a de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), el/la presidente/a de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (REMURPE) y la Alcaldesa acreditada por la Red Nacional de Mujeres Autoridades (RENAMA) bajo la misma lógica y reglas que para el nivel regional, respetando la Igualdad de Género.

La Secretaría Técnica (ST) estará a cargo de la Secretaría de Descentralización del Viceministerio de Gobernanza Territorial como Secretaría Técnica del CCI. Se consideran instancias operativas, al GORE Ejecutivo y MUNI Ejecutivo. Participa con voz, pero sin voto, el viceministro de Gobernanza Territorial de la PCM y el presidente de CEPLAN. La propuesta de Reglamento comprende cuatro (4) capítulos, veintiocho (28) artículos y tres (3) disposiciones complementarias finales.

El Comité Directivo del CCI sesionará de manera presencial o por medios digitales de forma ordinaria cada tres (3) meses, y de forma extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente.

Lima, 23 de marzo de 2021

Secretaria de Descentralización

Viceministerio de Gobernanza Territorial

Presidencia del Consejo de Ministros